Bolivia rechazó posibilidad de nueva reelección del presidente

Los antecedentes El pasado domingo 21 de febrero de 2016 los bolivianos asistieron a las urnas para aprobar o rechazar […]
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25 Feb, 2016

Articulo original en español. Traducción realizada por inteligencia artificial.

Los antecedentes

El pasado domingo 21 de febrero de 2016 los bolivianos asistieron a las urnas para aprobar o rechazar la modificación del artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) que habilitaría al presidente Juan Evo Morales Ayma y al vicepresidente Álvaro García Linera a ser candidatos en las elecciones generales que se realizarán en el año 2019.

El 22 de septiembre de 2015, una comisión de senadores y diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó el proyecto de reforma constitucional para autorizar al actual presidente del Estado Plurinacional de Bolivia a postularse una vez más a la presidencia. La ley fue ratificada en el pleno de la APL (Parlamento) por dos tercios de sus integrantes. La comisión decidió que el referendo popular que debía validar o rechazar la reforma se realizaría el 21 de febrero de 2016. Desde el punto de vista jurídico, el referendo (popular) constitucional es el mecanismo de consulta directa que decide la modificación parcial o total de la Carta Magna. La mencionada aprobación por el órgano legislativo se conoció con posterioridad a que el oficialismo sufriera una derrota electoral en los referendos sobre estatutos autonómicos que se realizaron el pasado año.

Participaron en el referendo constitucional los bolivianos mayores de 18 años inscritos y habilitados en el padrón electoral biométrico, tanto dentro del país como los que residen en 73 ciudades de 33 países en los que el Estado boliviano tiene una oficina consular. De acuerdo con el informe oficial del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el padrón electoral preliminar para 2016 es de 6.502.079 de votantes, con inclusión de los ciudadanos residentes en el exterior. El padrón creció un 3,91 % en el último año.

La papeleta electoral planteaba la siguiente pregunta: «¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?». Las opciones «Sí» y «No» estaban indicadas con los colores verde y rojo, respectivamente.

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Aspectos jurídicos

Desde el punto de vista normativo, el referendo constitucional 2016 fue convocado por ley. La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó la norma y el entonces presidente en ejercicio del Estado Plurinacional de Bolivia promulgó la ley 757 de Convocatoria a Referendo Constitucional Aprobatorio, del 5 de noviembre de 2015, que señala: «Se convoca a referendo constitucional aprobatorio en circunscripción nacional, para que el pueblo boliviano mediante la democracia directa y participativa y en ejercicio de su poder soberano, apruebe o rechace la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado». Dicho artículo 168 establece: «El periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua».

El artículo 4 de la ley 757 indica que debía preguntarse al pueblo boliviano sobre la reelección del presidente y del vicepresidente por dos veces de manera continua. Y para su aplicación, «por disposición transitoria de la Ley de Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado, se considera como primera reelección al periodo 2015-2020 y la segunda reelección el 2020-2025».

El referendo constitucional tiene carácter vinculante y, de ganar la opción «Sí», el cambio propuesto es de cumplimiento obligatorio a partir de la fecha en que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) entrega los resultados oficiales a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). En este caso, el artículo 168 se modificará de la siguiente manera: «El periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua». Si gana la opción del «No», el artículo 168 permanecerá sin modificación.

El actual presidente, Juan Evo Morales Ayma, se encuentra en su tercera gestión, aunque la Constitución que el país aprobó en 2009 —principalmente por iniciativa del Movimiento al Socialismo (MAS)— establece el límite de una sola reelección continua del presidente del país. El presidente obtuvo la autorización para postularse en las elecciones de 2014 del Tribunal Constitucional, que arguyó que las gestiones presidenciales debían contarse a partir de la aprobación de la nueva Constitución.

El MAS ha descartado la figura de la reelección indefinida, que ya rige en otros países sudamericanos, presumiblemente por el rechazo que esta despierta en la población, según detectaron las encuestas realizadas en este tiempo.

Los líderes de la oposición protestaron en contra de lo que consideran «una adaptación de la ley a las necesidades de dos personas», y describen el esfuerzo oficialista como una carrera contra el cambio del ambiente político que puede causar la crisis económica latinoamericana. Esta todavía no ha golpeado a Bolivia pero, según los analistas económicos, ya está tocando a sus puertas. El Gobierno insiste en que la economía se halla preparada para resistir un largo tiempo de precios bajos de las materias primas que el país exporta.

Los resultados

Según el conteo rápido del domingo 21 por la noche de IPSOS, una de las reconocidas empresas encuestadoras del país, el «No» logró el 52,3 % y el «Sí» el 47,7 %. Pese a la ligera ventaja del «No», el partido de Gobierno hablaba de empate técnico.

El recuento de IPSOS se efectuó sobre la base de 2.000 actas de 137 poblaciones del país con mayor densidad poblacional y los resultados se presentaron tomando en cuenta los votos válidos, es decir, los que se inclinaron por alguna de las dos opciones. Pese a que este resultado preliminar no es oficial, miles de ciudadanos se volcaron a las calles en las principales ciudades para celebrar la tendencia favorable hacia el «No».

Tras conocerse estos datos, el vicepresidente García Linera afirmó en conferencia de prensa que hubo un empate técnico y que el Gobierno asumiría una posición oficial una vez que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitiera los resultados oficiales. Consideró que se podían revertir drásticamente los resultados con el voto de los bolivianos en el exterior, de las comunidades rurales alejadas de las ciudades —donde el MAS ha tenido importante votación— y de los barrios periurbanos de las ciudades. Sin embargo, en lo que respecta a los votos en el exterior, los resultados preliminares indican un marcado ausentismo. Es el caso de Argentina, donde votaron solamente 22.000 personas de un padrón de más de 100.000 votantes.

El expresidente de Bolivia, Jorge Quiroga, llamó al pueblo a defender su voto y pidió al TSE no ser cómplice del fraude que supuestamente estaría armando el Gobierno para modificar los resultados del referendo.

El martes 23 de febrero por la noche recién se conocieron los resultados definitivos. El apoyo a la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado fue del 48,7 %, mientras que el rechazo alcanzó a un 51,3 %. Seis de los nueve departamentos de Bolivia dijeron «No». Uno de los titulares del periódico Página 7 menciona: «Bolivia dice “No” a otra reelección continua del presidente Morales. El gobierno ratifica que respetará los resultados del referéndum».

Gráfica

La Agencia de Noticias Fides (ANF) y otros medios de prensa resaltaron el hecho de que, según estos resultados, el presidente Evo Morales cayó un 12 % en preferencia a nivel nacional y perdió el apoyo de cuatro regiones en el referendo constitucional respecto a los comicios presidenciales de 2014, en el que ganó con el 61 % y logró el respaldo de siete departamentos.

Página 7, edición del 24.2.2016.

 

Finalmente, la misión de observación de la Organización de Estados Americanos (OEA) observó la lentitud en la transmisión y publicación de los datos oficiales y sugirió cambios legislativos para que los datos se conozcan con mayor celeridad. Sin embargo, Katia Uriona, presidenta del TSE, expresó que, según la ley 026 del Régimen Electoral, hay siete días para que el TSE emita resultados oficiales. Quedó claro que una de las tareas pendientes para posteriores procesos eleccionarios es la auditoría al padrón electoral y el uso de tecnología para acelerar el recuento de los resultados.

 

Iván Velásquez Ph. D. | [email protected]

Coordinador de la Fundación Konrad Adenauer en Bolivia

Redacción

Plataforma para el diálogo democrático entre los influenciadores políticos sobre América Latina. Ventana de difusión de la Fundación Konrad Adenauer en América Latina.

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