¿Plaza pública o espacio privado? Políticos, redes sociales y libertad de expresión

Los ciudadanos y los funcionarios públicos utilizan las redes sociales para informarse y opinar sobre asuntos de interés público. Así, […]
Por:
4 Oct, 2019

Articulo original en español. Traducción realizada por inteligencia artificial.

Los ciudadanos y los funcionarios públicos utilizan las redes sociales para informarse y opinar sobre asuntos de interés público. Así, en algunos países, la judicatura ha protegido a ciudadanos contra el bloqueo en redes sociales.

Internet ha cambiado tanto las formas de comunicarse, expresarse, informarse y opinar que el filósofo español Fernando Savater sentenció: «Lo que en la democracia ateniense fue el ágora, la plaza pública a la que se iba para ver y escuchar a los demás, lo constituyen hoy los periódicos impresos, las televisiones, las radios y los blogs y todo el abigarrado complejo de Internet». [1] Internet trajo a las redes sociales y estas, especialmente Twitter, se volvieron la nueva plaza pública: el lugar virtual donde los ciudadanos y autoridades se informan y debaten asuntos de interés público, entre otras cosas.

Las nuevas tecnologías de información trajeron cambios y beneficios a la democracia, surgiendo la democracia digital. Elaine Ford manifiesta que esta democracia digital significa «poner internet y la tecnología al servicio de la ciudadanía, para que contribuyan a la consolidación del sistema democrático». [2] Los beneficios que traen Internet y las redes sociales a la democracia es que potencian la participación de la ciudanía en asuntos de interés público, posibilitando la interacción directa entre representantes y representados, generando espacios de democracia directa. Así mismo, hay que tener en cuenta que las libertades de información, de expresión y de opinión son consustanciales a la existencia misma de un Estado democrático de derecho.

No existe democracia sin libertades para informarse y opinar. Por tanto, si Internet potencia esas libertades —al hacerlas rápidas y directas—, potencia también los valores democráticos. Por ello, la ONU elaboró una Resolución sobre Derechos Humanos e Internet en la que se señala que los derechos fundamentales se protegen tanto en línea como offline, en especial, la libertad de expresión.

Al ver los beneficios que traen las redes sociales, muchos funcionarios públicos, especialmente los funcionarios políticos, en pleno uso de su libertad empezaron a utilizar sus cuentas privadas para dar a conocer información y opiniones de relevancia pública. Además, utilizan estas plataformas para generar un discurso de legitimidad con la población. Así, la información contenida en esas cuentas es de por sí de interés de toda la comunidad política.

Por todo esto, las cortes en Europa, en Estados Unidos, México y Costa Rica empezaron a proteger los derechos de libertad de información y expresión en redes sociales contra el bloqueo de funcionarios. La Suprema Corte de México respondió a la siguiente pregunta: «¿Puede un servidor público bloquear a un ciudadano en Twitter?». [3] La judicatura mexicana contestó ¡no!, pues el funcionario y su cuenta «adquirieron notoriedad pública. El primero, al acceder al cargo público. La segunda, al ser utilizada voluntariamente por su titular para difundir información referente al desempeño de su gestión. Al hacerlo, estableció un canal de comunicación entre un funcionario público y la ciudadanía». En Estados Unidos, [4] una jueza estableció que el presidente Donald Trump no puede bloquear a los usuarios en Twitter porque su cuenta es un «foro público».

En el Perú, el ciudadano Erick Iriarte presentó un proceso de amparo contra el entonces presidente del Consejo de Ministros Pedro Cateriano, pues este último bloqueó de su red social Twitter al demandante. El Tribunal Constitucional peruano emitió una sentencia [5] que declaró infundada la demanda presentada por Iriarte, estableciendo que un funcionario sí puede bloquear a un ciudadano en sus redes sociales, sin importarle el contenido de la información ni el foro de discusión. Esta resolución va en contra de la tendencia mundial sobre protección de derechos fundamentales en redes sociales. La sentencia del TC parece vulnerar, además, el principio de máxima divulgación señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el cual «establece la presunción de que toda información es accesible» (caso Claude Reyes y otros vs. Chile).

Seguramente, este fallo es solo el inicio de muchas batallas sobre las reglas en la nueva plaza pública. Como en las plazas reales, costará hasta que estas reglas sean tan claras y nítidas que protejan esta plaza como espacio central de la democracia. En vista de otros fallos que refuerzan este enfoque, el fallo peruano no deja de irritar. Cabe esperar que, más temprano que tarde, la justicia peruana siga la tendencia mundial de fallos contra la práctica del bloqueo.

La humanidad evoluciona: hace dos siglos, lo que hoy conocemos como libertades de expresión y de información se conocían solo como libertad de imprenta. En el siglo XX aparecieron la radio y la televisión, y la simple libertad de imprenta tuvo que evolucionar. En el siglo XXI, con Internet y las redes sociales, no queda otro camino que reconocer que las formas de comunicación, información y expresión han cambiado.

 

Notas

[1] Savater, Fernando. Diccionario del ciudadano sin miedo a saber. Col. Isla de Próspero. Barcelona: Ariel.

[2] Ford, Elaine (2019). El reto de la democracia digital. Hacia una ciudadanía interconectada. Lima: Konrad-Adenauer-Stiftung, p. 39.

[3] Corte Suprema Mexicana. Amparo en revisión n.° 1005/2018.

[4] Corte del Distrito de Nueva York, caso 1:17-cv-05202-NRB.

[5] STC 0042-2017-PA/TC.

Abogado especialista en derecho constitucional. Fue representante de la sociedad civil por las universidades privadas ante ODECMA Cusco. Estudió en la Escuela Electoral y de Gobernabilidad del JNE y en la Escuela de Formación Política de la KAS. Diplomado internacional de la Escuela Iberoamericana de Liderazgo y del Instituto Ortega y Gasset de España

Descarga nuestra APP
EDICIÓN ESPECIALClaves para entender a China

0 comentarios