Fundamentalmente, existen dos tipos de maternidad subrogada: la altruista, en que la mujer no percibe retribución alguna, pues existe algún lazo familiar o de amistad, y la comercial, en que la gestante presta un servicio a cambio de una retribución económica.
En todos los casos existirá un contrato en el que se fijan las contraprestaciones de ambas partes, que siempre son muy exigentes para la gestante (reposo, alimentación, relaciones), así como las condiciones de entrega del bebe o de su eliminación.
La maternidad subrogada es legal en Ucrania, Georgia, India, Rusia y algunos estados de Estados Unidos. Y es a estos lugares donde acuden los demandantes de varios países, por la permisividad que allí existe y donde se ha denunciado como nueva forma de esclavitud normalizada con mujeres pobres. A su vez, las diferencias en la regulación que tienen los diferentes países crean problemas para el reconocimiento de la filiación de los hijos en los países de origen de los padres que contratan a una mujer como subrogante.
Entre los expertos en bioética y en derechos humanos, así como en organizaciones feministas, hay un amplio consenso en rechazar esta práctica. Pero lo cierto es que las noticias sobre personas famosas que recurren a los vientres de alquiler crean cierta aceptación o legitimación social, y hasta se la aplaude. El foco de relatos periodísticos suele ponerse en la historia de quien desea tener un hijo, pero poco se habla del lado más vulnerable de estas historias: las mujeres que subrogan y los hijos.
El Comité Internacional de Bioética (Unesco) pide la abolición de la maternidad subrogada comercial. Y el Informe anual de la Unión Europea sobre derechos humanos y democracia en el mundo (2015) la condena explícitamente y recomienda su prohibición en los países miembros.
Motivos para la regulación
Los motivos esgrimidos para legalizar y reglamentar la maternidad subrogada son: plantearla como un derecho de las parejas a poder acudir a contratos de común acuerdo para lograr tener un hijo, así como la libertad de las partes que acuerdan y la necesidad de regular una práctica extendida de la que solo se benefician quienes pueden acceder a ella por sus posibilidades económicas. Es legítimo el deseo de ser padres, y humanamente comprensible, pero la pregunta fundamental es si puede considerarse que exista derecho a alquilar un vientre.
Si bien ya existía la práctica, el perfeccionamiento y creciente universalización de las técnicas de fecundación in vitro (FIV) la ha potenciado, porque ha motivado el horizonte de demandas, por las posibilidades que ofrece a parejas homosexuales de hombres y a hombres solos. Y comienzan a aparecer también casos de mujeres que, pudiendo quedar embarazadas, no desean pasar por ese proceso y buscan una sustitución para evitar cambios físicos y estéticos, o limitaciones laborales y profesionales.
Reacciones de colectivos feministas
El manifiesto del colectivo feminista español No Somos Vasijas expresa que: «La maternidad subrogada es un hecho social que cosifica el cuerpo de las mujeres y mercantiliza el deseo de ser padres-madres». Insisten en que «las mujeres no se pueden alquilar o comprar de manera total o parcial». Se la rechaza totalmente porque se sirve de «la desigualdad estructural de las mujeres» para construir un «nicho de negocio que expone a las mujeres al tráfico reproductivo».
Lilián Abracinskas, directora de Mujer y Salud en Uruguay, afirmó en una entrevista que la ley parece tratar a la mujer gestante de «mero recipiente», cuando la realidad es que «en todos estos procesos no hay recipientes: hay cuerpos, hay afectos, hay sensibilidades, hay complejidad, hay problemas de salud, hay muchas cosas que entran en juego».
Derechos de los niños
La principal razón esgrimida es la cosificación de los niños, porque se los convierte en la contraprestación pactada en un contrato mercantil. Son los adultos los que pactan quiénes serán sus padres y cuál será su identidad. Además, se pueden imponer en el contrato ciertas características. Y, de no cumplirse estas, podrá realizarse un aborto selectivo (si se desea un varón o una niña, o si se sabe de una discapacidad).
No es el interés superior del niño lo que prima. Con la adopción se busca poner remedio a una situación de abandono, se defiende el derecho del niño. En cambio, en la maternidad subrogada la motivación es inversa, porque priman los deseos de los adultos sobre los derechos del menor.
Derechos de la mujer gestante
El objeto de este tipo de contratos no es el útero sino la mujer, porque lo que se alquila es a toda la persona: su cuerpo, su vida emocional y su bienestar. Existe la duda razonable de si estos contratos —aun donde son legales— tienen validez. Porque la dignidad humana impediría alquilar el cuerpo humano y entregar a un niño como contraprestación de un contrato.
Los contratos suelen imponer limitaciones graves a la libertad de las mujeres subrogantes: controles médicos exhaustivos, prohibición de relaciones sexuales, dietas específicas, para garantizar que el producto final sea satisfactorio. Los contratos pueden rescindirse por inadecuación del producto o por causas sobrevenidas, como el divorcio de los contratantes, y se puede imponer el aborto contra la voluntad de la gestante.

Se condena a las mujeres a vivir un embarazo en la indiferencia emocional, sin reparar en las secuelas físicas y psicológicas que le acarrean. Y aun cuando estuviera limitada a la forma altruista y con estrictos controles, siempre hay un contrato que supone riesgos para la parte más vulnerable, legitimando culturalmente la cosificación de las mujeres y de los hijos.
Individualismo que erosiona los derechos humanos
Una sociedad donde se asume dogmáticamente sin reflexionar que «cada uno es dueño de su propio cuerpo», puede habilitar a graves injusticias. Quien está en una relación asimétrica de poder y en situación de vulnerabilidad podría aceptar que es debido a su libertad que puede alquilar su cuerpo o vender sus órganos. La defensa de los derechos humanos impide que alguien permita que otros atenten contra su dignidad. Pero, lamentablemente, muchos discursos de actores políticos —por izquierda o por derecha— asumen sin reparos una filosofía y ética hiperindividualista de origen ultraliberal, donde se confunden deseos individuales con derechos y donde se presentan abiertos atentados a la dignidad humana como actos de libertad, compasión y empatía. La verdadera compasión es proteger la parte más débil, no presentarla como libre cuando se la está instrumentalizando.
Cada uno es dueño de su vida, pero el respeto por la dignidad humana impide que otros nos esclavicen, nos compren o vendan. O puedan disponer de nosotros como si fuéramos bienes de consumo. Aunque uno decida vulnerar su propia dignidad, eso no les da derecho a otros a disponer de un ser humano. Este es el fundamento de los derechos humanos: que no existen vidas humanas menos valiosas que otras.
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